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Guía para obtener una Visa de Inversionista en Colombia

¡Desbloquea las oportundades de negocio en Colombia!

  • Tipo de Visa: M.


  • Aplicable a: Nacionales extranjeros que hayan realizado una Inversión Directa Extranjera o adquirido bienes raíces a su nombre y mantengan esta inversión o adquisición durante la validez de la visa.


  • Duración: De 1 a 3 años.


  • Requisitos Generales:

    • Copia de la página principal del pasaporte donde aparecen todos los datos del titular, el pasaporte debe tener vigencia mínima de 6 meses

    • Foto digital a color con fondo blanco de 4 centímetros de alto por 3 centímetros de ancho. Debe estar mirando de frente a la cámara y la cabeza debe salir centrada y completa. Ambos ojos deben salir abiertos y las orejas deben estar visibles. No deben salir destellos en la foto, no permitir que el cabello u otros accesorios cubran el rostro. El formato de la imagen es JPG y debe tener un tamaño máximo de 300 KB. NOTA: La foto debe ser actual, diferente a la del pasaporte, visas anteriores y solicitudes.

    • Si el aplicante se encuentra en Colombia al momento de aplicar a la visa, copia del último sello de ingreso o salida de Colombia o prorroga de permanencia o salvoconducto para solicitud de visa (lo que aplique)

    • En caso de que el aplicante inicie el proceso de visa encontrándose en su país de residencia (diferente a su país de nacionalidad) debe presentar documento de identificación de su país de residencia, por ejemplo: NIE, Visa, Carnet de Conducción etc.


  • Requisitos Específicos:

    • Documentación de Inversión Directa Extranjera: Proporcionar comunicación del Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República confirmando el registro de la inversión directa extranjera a su nombre, con un monto que exceda seiscientos cincuenta (650) salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv) a la fecha de solicitud. Esto equivale a $925.275.000 COP que en dólares sería $222.066 USD a tasa de hoy 23 de enero de 2025.

    • Documentación de Inversión en Bienes Raíces: Si invierte en bienes raíces, debe proporcionar:

      • Un Certificado de Tradición y Libertad para la propiedad únicamente a nombre del inversionista extranjero, valorado en un mínimo de trescientos cincuenta (350) smlmv a la fecha de solicitud. Esto actualmente es $498.225.000 COP que corresponde a $119.574 USD a tasa de hoy 23 de enero de 2025.

      • Comunicación del Departamento de Cambios Internacionales del Banco de la República confirmando el registro de la inversión directa extranjera para la compra de bienes raíces a nombre del solicitante extranjero.

    • Prueba de Solvencia Económica: Estados de cuenta bancarios de los últimos tres meses anteriores a la solicitud de la visa demostrando capacidad económica para permanecer en el país.

    • Mantenimiento de la Inversión: Si solicita esta visa por segunda vez o subsiguientes, el extranjero debe demostrar que se mantuvo la inversión o propiedad a lo largo de la validez de la visa anterior.

    • Cobertura de Salud: Prueba de cobertura de salud en Colombia o una póliza de seguro que cubra todos los riesgos en el territorio nacional, incluyendo accidentes, enfermedades, maternidad, discapacidad, hospitalización, muerte o repatriación, durante la duración de la estancia en el país.


  • Beneficios de esta visa: Con esta visa el titular puede residir y ejercer en Colombia cualquier actividad legal. Así mismo, si el titular acumula 5 años con esta visa de manera continua e ininterrumpida, puede solicitar visa de Residente por tiempo acumulado.


  • ¿Permite Trabajar en Colombia? La Resolución 5477 de 2022 no especifica que se prohíba trabajar en Colombia al titular de esta visa. Basado en nuestra experiencia, cuando las regulaciones de visa colombianas no mencionan explícitamente una prohibición, generalmente significa que la actividad está permitida. Sin embargo, dado la autoridad discrecional de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, no podemos garantizar que esta prohibición no aparezca en la visa.


  • Tiempo de Procesamiento: Generalmente, de 2 a 5 semanas, pero puede variar dependiendo de las circunstancias específicas de cada solicitud.


  • Ubicación de Aplicación: Se puede aplicar desde dentro de Colombia o desde el país de residencia o nacionalidad del solicitante.


  • ¿Permite Beneficiarios? Sí, esta visa permite beneficiarios según la definición de Titular Beneficiario establecida en el Artículo 3 de la presente Resolución.


  • ¿Se Puede Reaplicar para Esta Visa? Sí, puede reaplicar para esta visa si continúa cumpliendo con los criterios de elegibilidad y mantiene la inversión o propiedad.


  • Tarifas Gubernamentales para la Solicitud de Visa:

    • Tarifa de Estudio de Visa: $54,92 USD.

    • Tarifa de Emisión de Visa: $195,40 USD.


  • Nuestras Tarifas: Para información detallada sobre el proceso de solicitud, incluyendo tarifas gubernamentales, nuestros costos de servicio y lo que está incluido, visite nuestra página de destino dedicada a esta visa.


  • Servicios Adicionales que Podría Necesitar:

    • Necesitará registrar la inversión como inversión directa extranjera con la ayuda del banco receptor del dinero en Colombia. Además, debe crear una cuenta en el sitio web del Banco de la República para descargar el certificado necesario que muestra esta inversión para la solicitud.

    • Si la inversión es en bienes raíces, debe presentar un certificado de libertad y tradición de la propiedad (Certificado de Libertad y Tradición), mostrándolo como propietario (recuerde que el monto mínimo de inversión es de 350 salarios mínimos colombianos).


  • ¿Permite Acumular Tiempo para Residencia? Sí, para los extranjeros que han permanecido en el territorio nacional como titulares de una visa Migrante (M) bajo esta categoría, el tiempo se puede acumular para solicitar una visa de residente. Para este tipo de visa, el tiempo de acumulación es de 5 años.


  • Aspectos Relevantes y Preguntas Frecuentes:

    • Requisitos de Registro de Inversión: Para solicitar esta visa, debe registrar correctamente su inversión como Inversión Directa Extranjera. Para garantizar un registro adecuado:

    • El banco receptor debe declarar y registrar la inversión utilizando el Formulario 4 y el numeral de cambio correcto.

    • La inversión directa extranjera solo puede ser registrada si el nacional extranjero no ha estado presente en Colombia por 181 días calendario antes de traer el dinero al país. Por lo tanto, si ha realizado visitas a Colombia con la intención de invertir, debe llevar un seguimiento cuidadoso de su tiempo en el país para asegurar un registro legal adecuado de su inversión.

    • Al volver a solicitar esta visa, la práctica ha demostrado que este requisito debe cumplirse cada vez. Dado que el salario mínimo aumenta cada año, debe tener esto en cuenta al invertir lo suficiente para asegurarse de que pueda volver a solicitar la visa.


  • Lugar de Aplicación: Aunque la solicitud de visa es en línea (no hay manera de hacerlo en persona), se recomienda que esté en el lugar desde donde presentará la visa en persona. Puede solicitarla estando en Colombia, siempre que esté en situación regular en el país (si ha estado en Colombia por menos de 3 meses con un permiso de turista o si ha solicitado una extensión de su permiso de turista y ha estado en el país por menos de 6 meses, o si ha estado con un permiso de turista por más de 5 meses pero quiere solicitar un permiso especial). También puede solicitarla desde su país de nacionalidad o residencia, siempre que tenga un documento de identificación válido en ese país.


  • Restricciones al Solicitar este Tipo de Visa: La visa está condicionada al mantenimiento de la inversión o propiedad. Cualquier cambio en el estado de la inversión debe ser reportado a la Autoridad de Visa e Inmigración.


  • Regulación que Rige este Tipo de Visa: Resolución 5477 de 2022, Artículo 79.


  • Representación: Aunque no es requerido por la ley, un abogado con licencia profesional colombiana válida puede representarlo mediante un poder de representación, debidamente autenticado.


  • Enlace Relevante para Más Información:

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