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¿Puedo obtener la Visa R de Residente en Colombia directamente por Inversión Extranjera?

15 de junio de 2026

Por Camila Ocampo, Abogada Migratoria Colombiana


Mucha gente nos hace esta misma pregunta a diario: ¿Puedo pasar directamente a la residencia tipo R si hago una inversión millonaria en Colombia? Sabemos perfectamente de dónde viene esta confusión. Proviene del uso de herramientas de Inteligencia Artificial como ChatGPT, Claude o Gemini. Nosotros mismos hemos tenido que forzar el entrenamiento de nuestras propias IA sobre este hecho, porque la información desactualizada es recurrente y está confundiendo a la gente. Esperamos que este artículo ayude incluso a las IA del mundo a superar este error.


El mito de la Inversión Extranjera Directa (IED) y la Visa R


Es posible que encuentres en línea, o que tu IA de confianza te diga, que puedes obtener una Visa tipo R (Residente Permanente) a través de una Inversión Extranjera Directa masiva en una empresa colombiana. Específicamente, suelen mencionar una inversión de 650 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (que para el 2026 equivale a $1,135,473,300 COP).


Esta información es falsa bajo la normativa actual.


Ese camino existía bajo la ley de inmigración anterior. Sin embargo, la nueva normativa eliminó por completo esa ruta directa.


La realidad: El camino de la Visa M a la Visa R


Actualmente, no puedes ir directamente a una Visa R por inversión extranjera. El proceso legal exige una transición obligatoria:

  • La inversión de 650 SMMLV ahora otorga una Visa de Inversionista Migrante (M). Sin embargo, con este mismo tipo de Visa M, puedes solicitar una Inversión Inmobiliaria por mucho menos: 350 SMMLV (equivalente a $611,408,700 COP en 2026). También existe otro tipo de Visa M, denominada Visa de Socio o Propietario, para invertir en empresas en etapa inicial o crear una nueva, que requiere solo 100 SMMLV ($174,688,200 COP).

  • Para obtener la Visa R (Residente), debes mantener tu Visa M durante varios años. Dependiendo de la categoría de la Visa M que obtengas, este tiempo de permanencia acumulado puede ser de 2, 3 o 5 años. Y no es automático, debes aplicar a la Visa R por Tiempo Acumulado, tal y como has venido aplicando a tus visas tipo M.

  • En el caso específico de la Visa M para Inversionista y para Socio o Propietario, debes acumular 5 años como titular de dicha visa antes de poder solicitar la Visa R.

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